Toma de posesión del CAP y del Específico: Es necesario un acuerdo

El lunes 30 tiene lugar la Mesa Sectorial para tratar de llegar a un Acuerdo sobre cuando se tomará posesión de las plazas adjudicadas en el Concurso Específico y en el Concurso Abierto y Permanente (CAP) de personal funcionario.

Dice el artículo 7 del Decreto 80/1997 de 10 de junio, del Gobierno de Aragón, que es la norma que rige en estos casos, que el plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles a partir de la publicación de la resolución con la Adjudicación Definitiva de los puestos en el BOA.Por tanto, solo mediante un Acuerdo entre la Dirección General de Función Pública y las Organizaciones Sindicales, se puede diferir la toma de posesión más allá de los tres días para ambos concursos.

Ya pasó en 2024: por un Acuerdo firmado el 19 de septiembre, la toma de posesión del último CAP fue el 1 de noviembre cuando la publicación de la adjudicación definitiva fue el 3 de octubre. Tras aquel Acuerdo, Función Pública trató de rehacerlo para llevar la toma de posesión al 1 de febrero de 2025. Sin acuerdo para ello, se mantuvo la fecha de noviembre. La conclusión es evidente. DEBE HABER un Acuerdo.

Para los actuales concursos, Función Pública da por seguras unas fechas que no están ni siquiera negociadas. Son públicas y se están utilizando para comunicar al personal que cesa para cogerse vacaciones. 

UGT entiende que las tomas de posesión deben ser lo antes posible porque, entre otros motivos:

    1. En junio hay una gran carga de trabajo en los centros educativos por las gestiones de fin de curso y matriculaciones y el cese de personal afectará gravemente a la eficiencia en la prestación del servicio público.

    2. En el operativo de incendios forestales, los ceses y movimientos de personal tan cerca del Periodo de Máxima Activación tienen un efecto muy negativo sobre su eficacia en caso de una emergencia.

    3. Tras el CAP, personas que están en puestos de manera provisional tendrán que elegir sus nuevos puestos que serán de carácter definitivo provocándose en junio aun más movimientos y ceses.

    4. En junio comienza el periodo de vacaciones estivales y si la toma de posesión es el 1 de junio se dificulta mucho la organización de las mismas.

    5. El diferir la toma de posesión puede implicar un grave perjuicio económico de quien ha ganado una plaza en el CAP (seguir en el nivel actual en vez del que se haya conseguido, mantener más tiempo el Complemento A cuando se ha ganado un B, continuar pagando un alquiler, o haciendo kilómetros de coche, etc…).

El anterior CAP, con el mes de agosto de por medio, desde la convocatoria hasta la adjudicación definitiva pasaron 4 meses. El actual ya ha superado ese plazo y se ha hecho con el nuevo baremo que se modificó (sin acuerdo con las organizaciones sindicales) para hacerlo más ágil (cargándose la formación especializada). No es aceptable tampoco que en noviembre de 2025 se trasladara la información de «se espera que la incorporación a los nuevos puestos obtenidos en el CAP sea en febrero o marzo de 2026» y ahora se dice que hasta junio.

Algo se está haciendo mal.

UGT propone llegar a un Acuerdo más adelante para tener un calendario que contemple dos CAP anuales, de manera que sepa cada año cuando se convocan y cuando son las tomas de posesión. Se mantiene la propuesta que se trasladó en el correo del 4 de noviembre de 2025.

UGT ya lo expuso el 9 de enero al hablar de las convocatorias por turno libre de las OEPs 2023 a 2025: » es necesario que Función Pública muestre ganas de escuchar a las organizaciones sindicales y negociar para llegar a un Acuerdo

Volvemos a las andadas: solo se oyen a si mismos y así no hay forma de llegar a acuerdos.


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