LIBERTAD SINDICAL

El pasado viernes, día 28 de febrero, los representantes de UGT junto con los de CCOO, CGT, CSIF, OSTA, y STAZ, tuvimos que volver al pleno a reivindicar nuestros derechos.

Esta corporación ha sido la primera desde la instauración de los ayuntamientos democráticos que no ha permitido el acceso de los Sindicatos a las Comisiones plenarias. Históricamente los Sindicatos hemos podido acudir siempre que hemos considerado que se trataba algún tema de interés relacionado con el personal municipal.

No se puede entender que los representantes de los trabajadores no puedan acceder a las comisiones y si puedan hacerlo los representantes de la prensa, nos vamos a enterar de las decisiones que nos afectan por la prensa y por una política de hechos consumados, que estamos dispuestos a combatir y el primer paso ha sido la intervención que, por parte de CCOO, CGT, CSIF, OSTA, STAZ y UGT fue leída en el pleno del viernes.

A la moción presentada y que apoyó toda la oposición ofreció una transacción el Partido Popular, en la que nos permitía entrar solo en la Comisión de Presidencia, Hacienda e Interior que, por supuesto no consideramos suficiente, evidentemente la moción no prosperó, pero acabó diciendo el alcalde Sr Azcón, que “los sindicatos entrarían como siempre”. Estaremos a la expectativa de como cumple el alcalde la palabra dada en el pleno.

 

MANIFIESTO

Buenas tardes. Señor Alcalde, Señores y Señoras Concejales y Concejalas y demás asistentes al Pleno. Soy Gregorio Barcelona, miembro de CGT e intervengo en representación de los sindicatos CCOO, CGT, CSIF, CSL, OSTA, STAZ y UGT.

Desde la Representación Sindical agradecemos al Grupo Municipal de Zaragoza en Común el que nos haya dado la palabra previa a esta moción.

Entre las actuaciones que el artículo 9.2 de la Constitución Española encomienda a los poderes públicos para favorecer el ejercicio en plenitud de los derechos y libertades individuales, se contempla la de facilitar la participación de toda la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y social.

La participación en los asuntos públicos directamente o por medio de representantes es un derecho de la ciudadanía otorgado por el artículo 23 de nuestra Carta Magna que, en el ámbito local, ha sido recogido por el Capítulo IV (información y participación ciudadanas) del Título V de la Ley 7/1985, de 2 de Abril , Reguladora de la Bases del Régimen Local.

Así el artículo 69 de la LBRL, dispone que las Corporaciones Locales facilitarán la más amplia información sobre su actividad y la participación de toda la ciudadanía en la vida local.

Por su parte el artículo 70 bis, añadido por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la racionalización del Gobierno Local dispone que los Ayuntamientos deberán establecer y regular en normas de carácter orgánico procedimientos y órganos adecuados para la efectiva participación de los vecinos y vecinas en los asuntos de la vida pública local, tanto en el ámbito del municipio en su conjunto como en el de los distritos, en el supuesto de que existan en el municipio dichas divisiones territoriales.

El artículo 72 establece que las Corporaciones locales impulsaran la participación de las asociaciones para la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos y vecinas en la gestión de la Corporación en los términos del artículo 69.2, pudiendo a tales efectos ser declaradas de utilidad pública.

La participación ciudadana se ha convertido así en unos de los elementos básicos en el gobierno y administración de las entidades locales. Los Ayuntamientos deben ser conscientes de que la participación es un principio inspirador de toda la actuación municipal, y complemento de la democracia representativa, en una sociedad en la que la ciudadanía, como miembro de una comunidad política, reclama una presencia activa en la toma de decisiones. En definitiva, participar consiste en tomar parte de algo, y sentirse parte de una ciudad es participar en su gobierno y gestión.

La decisión tomada por el Gobierno Municipal de impedir la asistencia de los ciudadanos y ciudadanas a las Comisiones Plenarias, vulnera todo lo anteriormente expuesto e impide el acceso a la información y a la participación de los sindicatos de la plantilla municipal y del resto de colectivos ciudadanos en los asuntos que son de su interés.

Los que ya somos veteranos en esta casa recordamos como en tiempos pasados, incluso con gobiernos del Partido Popular, no solo se asistía a la Comisiones Plenarias, sino que se tenía acceso previo a los expedientes que en ella se trataban. Hoy eso no es posible.

Desde la Representación Sindical no entendemos que partidos políticos que utilizan continuamente las palabras Constitucionalismo y libertad puedan negar esa misma libertad a la ciudadanía de esta ciudad.

Es por eso que hoy estamos aquí y le reclamamos al Señor Alcalde que en pleno sigo XXI, en el siglo de la información, no se den pasos atrás en derechos y libertades, y se le otorgue a la ciudadanía el papel que le corresponde.

Los reglamentos y las normas nunca se deben utilizar para coartar la legítima labor sindical de la representación de los trabajadores y trabajadoras municipales, impidiendo su acceso a las Comisiones Plenarias.

El papel de la ciudadanía en una democracia moderna no termina el día que emiten su voto.

Señor Alcalde. Señoras y Señores del Gobierno municipal más participación es más democracia.

Muchas gracias.

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UGT Servicios Públicos

UGT Servicios Públicos es una federación de UGT dedicada a defender los derechos e intereses de los trabajadores de los servicios públicos de España.